Capítulo X Presunciones
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Índice de la leyArtículo 385
Para que una parte haga valer una presunción que le favorezca, bastará que invoque el hecho o indicio de que la derive, ya sea durante el término probatorio o al alegar.
Las presunciones podrán deducirse de oficio por el juez, aunque las partes no las invoquen.
Artículo 386
Las presunciones son:
I.- Las que se derivan de la ley; y,
II.- Las que se deducen de hechos comprobados.
Artículo 387
Las presunciones, sean legales o humanas, admiten prueba en contrario, salvo cuando, para las primeras, exista prohibición expresa de la ley.
Artículo 388
La parte que alegue una presunción sólo debe probar los supuestos de la misma, sin que le incumba la prueba de su contenido.
Artículo 389
La parte que impugne una presunción debe probar contra su contenido.
Artículo 390
La prueba producida contra el contenido de una presunción, obliga, al que la alegó, a rendir la prueba de que estaba relevado en virtud de la presunción.
Si dos partes contrarias alegan, cada una en su favor, presunciones que mutuamente se destruyen, se aplicará independientemente para cada una de ellas lo dispuesto en los artículos precedentes.
Artículo 391
Si una parte alega una presunción general que es contradicha por una presunción especial alegada por la contraria, la parte que alegue la presunción general estará obligada a producir la prueba que destruya los efectos de la especial, y la que alegue ésta sólo quedará obligada a probar, contra la general, cuando la prueba rendida por su contraparte sea bastante para destruir los efectos de la presunción especial.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial