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Leyes Descargar AYA

Artículo 1170 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo I

La tercera sección se llamará "de administración", y contendrá:

I.- Todo lo relativo a la administración, tanto de los interventores, como de los albaceas;

II.- Las cuentas, su glosa y calificación;

III.- Los comprobantes de pago de las contribuciones y cargas hereditarias que se causen;

IV.- La resolución o resoluciones que aprueben las cuentas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial