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Leyes Descargar AYA

Artículo 1212 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo III

Si el Ministerio Público o cualquier pretendiente se oponen a la declaración de herederos o alegan incapacidad de alguno de ellos, se sustanciará en el juicio correspondiente el pleito a que la oposición diere lugar, conforme al artículo 1194

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial