Artículo 1302 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo VI
Si la heredera es la Universidad Autónoma de Tlaxcala, se entregarán a ésta los bienes, libros y papeles que tengan relación con ellos, y los demás se archivarán con los autos del intestado, en pliego cerrado y sellado, que firmarán el Juez y el Secretario.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial