Artículo 36 Constitución Política del Estado de Campeche
Capítulo XI
Lo relativo a los procedimientos electorales se regulará conforme a lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales así como en la legislación local en la materia.
(REFORMADO, P.O. 29 DE MAYO DE 1965
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial