Artículo 40 Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Jalisco
Capítulo VIII
1. Son causas de incompatibilidad para acceder y permanecer como titular de una vi cefiscalia, de sus órganos y unidades administrativas o de cualquier mando superior o medio, entre otras, las siguientes:
I. Integrar cuerpos directivos de partidos, agrupaciones u organizaciones políticas registradas nacionales o estatales;
II. El ejercicio de cargos públicos o privados sean remunerados o no; y III. Participar en cualquier nivel, de manera directa, indirecta o a través de terceros, en la prestación de servicios de seguridad privada.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Jalisco, con la reforma del 7 de febrero de 2025. Documento oficial