Libro Cuarto — De las obligaciones
Título Primero — Fuentes de las obligaciones
Capítulo I Contratos en general
Código Civil del Estado de Veracruz
Índice de la leyArtículo 1725
Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.
Artículo 1726
Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos, toman el nombre de contratos.
Artículo 1727
Para la existencia del contrato se requiere:
I.-Consentimiento;
II.-Objeto que pueda ser materia del contrato.
Artículo 1728
El contrato puede ser invalidado:
I.-Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas;
II.-Por vicios del consentimiento;
III.-Porque su objeto, o su motivo o fin sea ilícito;
IV.-Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.
Artículo 1729
Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento; excepto aquéllos que deben revestir una forma establecida por la ley. Desde que se perfeccionan obligan a los contratantes no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza, son conforme a la buena fe, al uso o a la ley.
Artículo 1730
La validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial