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Leyes Descargar AYA

Artículo 385 Código Familiar del Estado de Oaxaca

Capítulo X

La hipoteca o prenda y, en su caso, la fianza, se darán:

I. Por el importe de las rentas de los bienes raíces en los dos últimos años y por los réditos de los capitales impuestos durante ese mismo tiempo;

II. Por el valor de los bienes muebles;

III. Por el de los productos de las fincas rústicas en dos años, calculados por peritos, o por el término medio de productos en un quinquenio, a elección del juez;

IV. Si hubiere negociaciones mercantiles e industriales por el 20% del importe de las mercancías y demás efectos muebles, calculado por los libros, si están llevados en debida forma, o a juicio de peritos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial