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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — De la familia

Título Quinto — De la tutela

Capítulo XVII Del estado de interdicción

Código Familiar del Estado de Oaxaca

Artículos 491 al 496 · 6 artículos

Artículo 491

Son nulos todos los actos de administración ejecutados y los contratos celebrados por los incapacitados sin la autorización del tutor.

Artículo 492

Son también nulos los actos de administración y los contratos celebrados por las personas emancipadas, si son contrarios a las restricciones establecidas en el artículo 498

Artículo 493

La nulidad a que se refieren los dos artículos anteriores sólo puede ser alegada sea como acción sea como excepción, por sus legítimos representantes; pero no por las personas con quienes contrató, ni por los fiadores que se hayan dado al constituirse la obligación ni por los mancomunados en ella.

Artículo 494

La acción para pedir la nulidad prescribe en los términos en que prescriben las acciones personales o reales, según la naturaleza del acto cuya nulidad se pretenda.

Artículo 495

Los menores de edad no pueden alegar la nulidad de que hablan los artículos 491 y 492 de este Código, en las obligaciones que hubieran contraído sobre materias propias de la profesión o arte en que sean peritos.

Artículo 496

Tampoco pueden alegarla, si han presentado certificados falsos del Registro Civil para hacerse pasar como mayores o han manifestado dolosamente que lo eran.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial