Capítulo XVII Del estado de interdicción
Código Familiar del Estado de Oaxaca
Índice de la leyArtículo 491
Son nulos todos los actos de administración ejecutados y los contratos celebrados por los incapacitados sin la autorización del tutor.
Artículo 492
Son también nulos los actos de administración y los contratos celebrados por las personas emancipadas, si son contrarios a las restricciones establecidas en el artículo 498
Artículo 493
La nulidad a que se refieren los dos artículos anteriores sólo puede ser alegada sea como acción sea como excepción, por sus legítimos representantes; pero no por las personas con quienes contrató, ni por los fiadores que se hayan dado al constituirse la obligación ni por los mancomunados en ella.
Artículo 494
La acción para pedir la nulidad prescribe en los términos en que prescriben las acciones personales o reales, según la naturaleza del acto cuya nulidad se pretenda.
Artículo 495
Artículo 496
Tampoco pueden alegarla, si han presentado certificados falsos del Registro Civil para hacerse pasar como mayores o han manifestado dolosamente que lo eran.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial