Libro Primero — De las personas físicas y familia
Título Segundo — Del matrimonio
Capítulo VIII Regímenes Patrimoniales del Matrimonio
Código Familiar del Estado de Sinaloa
Índice de la leyArtículo 82
El matrimonio puede celebrarse conforme el régimen de sociedad conyugal, o bajo el de separación de bienes.
Artículo 83
Las capitulaciones matrimoniales son los pactos que los esposos celebran para constituir la sociedad conyugal o la separación de bienes y reglamentar su administración y eventual disolución.
Artículo 84
Las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes o durante la celebración del matrimonio o en cualquier momento de su vigencia. Pueden comprender no solamente los bienes de que sean dueños los esposos al hacer el pacto, sino también los que adquieran con posterioridad.
Artículo 85
Derogado. (Según Decreto No. 613 de 26 de julio de 2016, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 101 de 19 de agosto de 2016).
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial