Libro Segundo — De los delitos
Título Quinto — Delitos contra el estado
Capítulo IX Bis Extorsión
Código Penal del Estado de Durango
Índice de la leyArtículo 338 BIS Cambió desde 2025 · ver qué cambió
En materia del delito de extorsión se estará a lo establecido en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los delitos en materia de Extorsión, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. CAPÍTULO Y ARTÍCULO ADICIONADO POR DEC. 185, P.O. 57 DE 16 DE JULIO DE 2017. ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 211, P.O. 85 DE 23 DE OCTUBRE DE 2022. ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 363, P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DE 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial