Artículo 1291 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo VI
Todas las actuaciones relativas a la administración de los interventores o de los albaceas judiciales estarán de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, a disposición de los que se hayan presentado alegando derechos a la herencia
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial