Artículo 1294 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo VI
Cuando entre los interesados en la herencia hubiere menores, la enajenación de los bienes se sujetará a lo dispuesto en los artículos 1553 a 1577 de este Código
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial