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Leyes Descargar AYA

Artículo 1329 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo VIII

Si los interesados llegaren a un acuerdo, lo cual se hará constar en el acta de la junta, que firmarán los concurrentes, el contador considerará lo convenido como una de las bases de la liquidación y partición

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial