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Leyes Descargar AYA

Título Segundo — De la Estructura Orgánica, Atribuciones y Obligaciones de la Fiscalía General del Estado

Capítulo Sexto — De los Órganos Administrativos Auxiliares

Sección VII De la Dirección de Atención a Víctimas

Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo

Artículo 56

Artículo 56

La Dirección de Atención a Víctimas, será la encargada de establecer y aplicar acciones y principios fundamentales con un enfoque de derechos humanos, para evitar la dilación de procedimientos y revictimización, para alcanzar el oportuno acceso a la justicia y la restitución de los derechos de las personas ofendidas y víctimas del delito, así como velar por la protección de las personas víctimas y realizar las gestiones necesarias ante las autoridades correspondientes a fin de que puedan ser inscritas en el Registro Estatal de Víctimas y logran acceder a la reparación integral del daño.

Texto tomado de Congreso del Estado de Quintana Roo, con la reforma del 12 de febrero de 2025. Documento oficial