Artículo 1794 Código Civil del Estado de Veracruz
Capítulo XI
El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público se comprometa a alguna prestación en favor de quien reúna determinada condición o desempeñe cierto servicio, contrae la obligación de cumplir lo prometido. El ofrecimiento o anuncio original deberá ser firmado por el que promete la prestación.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial