Artículo 1868 Código Civil del Estado de Veracruz
Capítulo XV
Los patrones son responsables de los accidentes y enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridos con motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que ejerciten, en los términos establecidos por la Ley Federal de la materia y las disposiciones de observancia general que la Federación o el Estado expidan sobre trabajo y previsión social.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial