Título Tercero — Del registro civil
Capítulo Quinto De las actas de tutela
Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza
Índice de la leyArtículo 82
Pronunciado el auto de discernimiento de la tutela y publicado en los términos que disponga el Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el tutor o la tutriz, dentro de los tres días siguientes a su notificación, presentará copia certificada del auto mencionado al o la oficial del Registro Civil, para que levante el acta respectiva.
Artículo 83
La omisión del registro de la tutela no impide al tutor o tutriz entrar en ejercicio de su cargo, ni puede alegarse por ninguna persona como causa para dejar de tratar con él o ella, pero lo sujeta a las sanciones establecidas para el caso de omisión de la inscripción de las actas de reconocimiento.
Artículo 84
El acta de tutela contendrá:
I. El nombre, apellidos, edad, estado civil, nacionalidad y la Clave Única del Registro de Población de la niña, niño o persona que requiere de asistencia o representación para el ejercicio de sus derechos.
II. La deficiencia en las funciones o estructuras corporales por la que se haya diferido la tutela.
III. El nombre y demás generales de quienes han tenido a la persona que requiere de asistencia o representación a su cuidado en virtud de la patria potestad antes del discernimiento de la tutela.
IV. El nombre, apellidos, edad, profesión y domicilio del tutor o tutriz.
V. La garantía dada por el tutor o tutriz, expresando el nombre, apellidos y demás generales del fiador, si la garantía consiste en fianza; o la ubicación y demás señas de los bienes si la garantía consiste en hipoteca o prenda.
VI. El nombre de la autoridad judicial que pronunció el auto de discernimiento y la fecha de éste.
Artículo 85
Extendida el acta de tutela, se hará la anotación marginal en el acta de nacimiento de la persona sujeta a ella, observándose para el caso de que no exista en la misma oficina del Registro, lo dispuesto en el artículo 78 de esta ley.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial