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Leyes Descargar AYA

Artículo 129 Código Penal del Estado de Chiapas

Capítulo V

Sin perjuicio de lo que dispongan las leyes aplicables, en los delitos políticos y para los efectos del artículo 127, el Ejecutivo del Estado podrá tomar en consideración las solicitudes que le formule la mayoría del Congreso del Estado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 20 de enero de 2026.

Texto tomado de Poder Judicial del Estado de Chiapas. Documento oficial