Artículo 84 Constitución Política del Estado de Aguascalientes
Capítulo DECIMO
Todos los servidores públicos, del Estado y Municipios antes de tomar posesión de sus puestos, protestarán ante quien corresponda, guardar y hacer guardar la Constitución General, la particular del Estado, las leyes emanadas de ambas y desempeñar fielmente sus deberes.
(ADICIONADO, P.O. 13 DE AGOSTO DE 1950)
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial