Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1677 Código Civil del Estado de Guerrero

Capítulo II

Si la oferta fuere de venta, el solo hecho de exhibir al público el bien con la indicación del precio, obligará al oferente a sostener éste.

De la promesa de recompensa.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial