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Artículo 1239 Código Civil del Estado de Morelos

Capítulo II

PRESCRIPCION ADQUISITIVA SOBRE MUEBLES DERECHOS REALES SOBRE ESOS BIENES. Los bienes muebles y los derechos reales sobre esos bienes, susceptibles de prescripción positiva, se adquieren en tres años cuando son poseídos en concepto de dueño o de titular del derecho, con buena fe, y de manera pacífica, continua, pública y cierta. Faltando la buena fe se prescribirán en diez años.

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  1. Aún no existía
  2. Aún no existía
  3. Primer registro

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 19 de octubre de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial