Artículo 1914 Código Civil del Estado de Morelos
Capítulo V
REGLAS PARA DETERMINAR LA PREVALENCIA DEL ARRENDAMIENTO CUANDO EXISTE CONFLICTO ENTRE DOS O MAS PERSONAS. Si el mismo bien se ha dado en arrendamiento separadamente a dos o más personas y por el mismo tiempo, prevalecerá el arrendamiento primero en fecha, si no fuere posible verificar la prioridad de ésta, valdrá el arrendamiento del que tiene en su poder la cosa arrendada.
Si el arrendamiento debe ser inscrito en el Registro, prevalece el inscrito.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial