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Leyes Descargar AYA

Artículo 2323 Código Civil del Estado de Morelos

Capítulo I

PRENDA DE OBLIGACIONES FUTURAS O CONDICIONALES. Puede darse prenda para garantizar obligaciones futuras o condicionales. En este caso la garantía no surtirá efectos sino hasta que se realice la obligación futura o se cumpla la condición suspensiva. Entretanto no puede venderse ni adjudicarse la cosa empeñada.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial