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Leyes Descargar AYA

Artículo 2446 Código Civil del Estado de Morelos

Capítulo I

PROCEDENCIA DEL CONCURSO DE ACREEDORES. Procede el concurso de acreedores siempre que el deudor suspenda el pago de sus deudas civiles, líquidas y exigibles. La declaración de concurso será hecha por el Juez competente.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
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  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial