Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 167 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo TERCERO

Los actos y negocios jurídicos a que se refiere el artículo anterior, sólo estarán afectados de nulidad relativa si no hay hijas o hijos menores de edad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial