Título Cuarto — De las relaciones de familia
Capítulo Décimo Segundo Del Pacto Civil de Solidaridad
Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza
Índice de la leyArtículo 252
El pacto civil de solidaridad es un contrato celebrado por dos personas físicas, mayores de edad, de igual o distinto sexo, para organizar su vida en común. Quienes lo celebran se considerarán compañeros civiles.
Los compañeros civiles, se deben ayuda y asistencia mutua, consideración y respeto, así como deber de gratitud recíprocos y tendrán obligación de actuar en interés común; de igual manera tendrán derecho a alimentos entre sí.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial