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Leyes Descargar AYA

Artículo 331 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sinaloa

Sección II

En el reconocimiento de documentos se observará lo dispuesto en los artículos 302, 303, 315 y 316. (Ref. según Dec. No. 122 del 18 de junio del 2008, y)

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial