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Título Segundo — Fiscalía General

Capítulo V — Esquema funcional

Sección Quinta Comisión Interna de Consulta

Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato

Artículos 46 al 47 · 2 artículos

Artículo 46

La Comisión Interna de Consulta es el órgano colegiado que tiene por objeto analizar, planear, integrar, supervisar y evaluar las políticas de mejora del funcionamiento de la Fiscalía General, así como tomar acuerdos y decisiones consensuadas en asuntos de interés de la misma.

Integración.

Artículo 47

La Comisión Interna de Consulta, además del Fiscal General, quien la presidirá, se integrará por los titulares de las siguientes áreas:

I. Las Fiscalías;

II. La AIC;

III. El Órgano Interno de Control;

IV. La Dirección General Jurídica;

V. El Centro de Evaluación y Control de Confianza;

VI. La Unidad de Administración y Presupuestación Estratégica;

VII. La Unidad de Planeación y Coordinación Estratégica;

VIII. El Instituto de Formación y de Servicio Profesional de Carrera;

IX. La Visitaduría General; y

X. Los demás que determine la reglamentación de la Ley o el Fiscal General.

El titular de la Secretaría Particular del Fiscal General fungirá como Secretario Técnico de la Comisión Interna de Consulta.

La regulación y funcionamiento de la Comisión Interna de Consulta, se establecerá en la reglamentación respectiva.

Sección Sexta Áreas diversas

Atribuciones de otras áreas.

Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial