Artículo 2014 Código Civil del Estado de Guerrero
Capítulo IV
Cuando la excesiva onerosidad por los acontecimientos extraordinarios a que se refiere el artículo 2012 se presente en negocios en que una sola de
las partes hubiere asumido obligaciones, la misma podrá pedir, bien una reducción equitativa de su prestación, bien una modificación, también equitativa, de las modalidades de ejecución.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial