Título Tercero — De las consecuencias jurídicas del delito
Capítulo VI Amonestación
Código Penal del Estado de Hidalgo
Índice de la leyArtículo 50
La amonestación consiste en la advertencia que el juez dirige al sentenciado, explicándole las consecuencias del delito que cometió y exhortándolo a la enmienda. Esta amonestación se hará para todos los delitos en público o en privado, a juicio del juez.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial