Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Primero

Título Tercero — De las consecuencias jurídicas del delito

Capítulo IV Trabajo en favor de la comunidad

Código Penal del Estado de Hidalgo

Artículos 76 al 77 · 2 artículos

Artículo 76

El trabajo en favor de la comunidad consiste en la prestación de servicios no remunerados, en instituciones públicas, de asistencia social o privadas asistenciales.

Este trabajo se llevará a cabo dentro de periodos distintos al horario de las labores que representen la fuente de ingresos para la subsistencia del sujeto y de su familia, en su caso, sin que pueda exceder de la jornada extraordinaria que determine la Ley Laboral y bajo la orientación y vigilancia de la autoridad ejecutora. Se acumularán los días de descanso obligatorio.

Cada día de prisión será sustituido por una jornada de trabajo en favor de la comunidad.

Artículo 77

La extensión de la jornada de trabajo será fijada por el juez tomando en cuenta las circunstancias del caso, y por ningún concepto se desarrollará en forma que resulte degradante o humillante para el condenado.

SECCIÓN QUINTA.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial