Artículo 328 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Capítulo VI
Se tienen por insidiosas las preguntas que se dirigen a ofuscar la inteligencia del que ha de responder, con el objeto de obtener una confesión contraria a la verdad
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial