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Artículo 2818 Código Civil del Estado de Guerrero

Capítulo I

La asamblea general resolverá:

I. Sobre la admisión y exclusión de asociados;

II. Sobre la disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga por más tiempo del fijado en los estatutos;

III. Sobre el nombramiento de los miembros de la mesa directiva, cuando no hayan sido designados en los estatutos, o cuando el mandato de los designados hubiere terminado;

IV. Sobre la revocación de los nombramientos de los directivos; y

V. Sobre los demás asuntos que le encomienden los estatutos o le solicite un mínimo del cinco por ciento de los asociados.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial