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Leyes Descargar AYA

Artículo 1773 Código Civil del Estado de Morelos

Capítulo IV

Cambió en el cotejo del 19 de octubre de 2026. Ver qué cambió

RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR POR VICIOS OCULTOS. Cuando la cosa vendida tenga vicios o defectos ocultos, el vendedor responderá en la forma y términos que indican los artículos 1543 a 1558 y 1720 de este Código.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió

Este artículo cambió una vez en 2026; la última, en el cotejo del 19 de octubre de 2026. Toca un cambio para ver qué se quitó y qué se agregó.

  1. 15 may a 19 oct 2026+2 −0 palabras

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial