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Leyes Descargar AYA

Artículo 43 Código Penal del Estado de Hidalgo

Capítulo IV

Si las personas que tienen derecho al pago de la reparación de los daños y perjuicios, una vez notificadas personalmente renuncian a dicho pago o se abstienen de recibirlo dentro del plazo de 6 meses, se aplicará en favor del Fondo Judicial de Desarrollo y Estímulos dependiente del Poder Judicial.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 24 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial