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Leyes Descargar AYA

Artículo 1181 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo III

Si no hubiere acuerdo, el Juez se abstendrá de hacer declaración alguna en cuanto a la posesión, respetando en ella a quien la disfrute, y mandará reservar sus derechos a los interesados para que los hagan valer en juicio correspondiente.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial