Artículo 32 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
Capítulo I
Todas las acciones civiles toman su nombre del contrato o hecho a que se refieren.
La acción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad cuál es la clase de prestación que se exige al demandado y el título o causa de la acción.
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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial