Artículo 390 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla
Capítulo DÉCIMO
Del escrito en que la contraparte se adhiera a la apelación, se dará traslado al apelante, para que conteste dentro de seis días, los agravios expresados por el adherente.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial