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Leyes Descargar AYA

Artículo 699 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo III

Si la queja se desecha por no proceder en contra de la resolución impugnada o resulta infundada por no estar apoyada en hecho cierto o no estar fundada en derecho, la Sala impondrá al quejoso y a su abogado, solidariamente, una multa de diez a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a favor del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia de la Entidad, la que se hará efectiva por el Consejo del Poder Judicial.

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  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial