Artículo 721 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
Capítulo I
Las transacciones extrajudiciales y el juicio de contadores serán ejecutados por el Juez que deba conocer del negocio.
La ejecución de los convenios celebrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor y los laudos dictados por ésta, se hará por el Juez competente que se haya designado por las partes, y en su defecto se ejecutarán por el Juez que conforme a las reglas del Título Segundo de este Código, corresponda conocer del asunto.
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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial