Artículo 69 Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur
Capítulo XII
Para el adecuado ejercicio de sus funciones, la Oficialía Mayor tendrá a su cargo las siguientes áreas:
I. Departamento de Recursos Financieros;
II. Departamento de Recursos Humanos;
III. Departamento de Recursos Materiales;
IV. Departamento de Servicios Generales;
V. Departamento de Tecnología de la Información y Comunicación;
VI. Departamento de Control de Gestión;
VII. Departamento de Archivo Ministerial;
VIII. Almacén; y IX. Bodega de Evidencias. Las áreas señaladas dependerán jerárquicamente del Oficial Mayor y deberán cumplir con las obligaciones que señale el Reglamento Interior, así mismo para el desempeño de sus funciones, la Oficialía Mayor contará con el personal técnico y administrativo que señale el presupuesto.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de CNDH - Repositorio de Armonización Normativa, con la reforma del 27 de junio de 2017. Documento oficial