Artículo 255 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
Capítulo I
Las diligencias preparatorias de que se trata en las fracciones II a IV, VIII y IX del artículo 246, se practicarán con citación de la parte contraria, cuando estuviere en el lugar donde deba practicarse la diligencia a quien se correrá traslado de la solicitud por el término de tres días y se aplicarán las reglas establecidas para la práctica de la prueba respectiva.
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