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Leyes Descargar AYA

Artículo 266 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo II

El que solicitare el arraigo dará en todo caso una fianza a satisfacción del Juez que garantice el pago de los daños y perjuicios que se sigan al colitigante con motivo de arraigo. En la fianza fijará el Juez una cantidad numeraria o un tanto por ciento sobre el monto del litigio si éste fuere estimable en dinero, que se pagará al arraigado como indemnización si se revoca o levanta el arraigo o si se obtiene sentencia favorable en el juicio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial