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Leyes Descargar AYA

Artículo 606 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo I

Cualquier incidente que surgiere se tramitará sin suspender el procedimiento principal, oyendo al colitigante para que conteste la demanda dentro de veinticuatro horas, las pruebas se ofrecerán en los escritos que formen la litis incidental y se recibirán en el término de cinco días; los alegatos se presentarán en el plazo común de veinticuatro horas, transcurrido el cual y previa citación de oficio, el Juez o tribunal resolverá el incidente antes de dictar sentencia definitiva, salvo que la ley disponga otra cosa.

La interlocutoria que se dicte no admitirá recurso alguno.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial