Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — Parte Especial

Título Décimo — Delitos en Contra de las Personas en su Patrimonio

Capítulo III Abuso de Confianza

Código Penal del Estado de Chiapas

Artículos 296 al 299 · 4 artículos

Artículo 296

Comete el delito de abuso de confianza, el que con perjuicio de alguien disponga para sí o para otro de cualquier cosa ajena, mueble, de la que se le haya trasmitido la tenencia y no el dominio.

Al responsable del delito de abuso de confianza se le aplicarán las siguientes sanciones:

I.- Si el monto o valor de lo dispuesto no excede de cincuenta días de salario, la pena aplicable será de hasta ciento cincuenta días de multa.

II.- Prisión de uno a cinco años y multa hasta de cincuenta días de salario, cuando el monto del abuso no exceda de mil días de salario o no sea posible determinar su valor.

III.- Prisión de cuatro a siete años y multa de cincuenta a ciento ochenta días de salario, si el monto o valor de lo dispuesto es mayor de mil días de salario.

Artículo 297

Se aplicarán las mismas sanciones previstas en el artículo anterior:

(REFORMADA, P.O. 21 DE OCTUBRE DE 2009) I.- Al que disponga de una cosa mueble de su propiedad, sin tener un título legítimo y suficiente que lo faculte para ello, causando un perjuicio a otro.

II.- Al que haga aparecer como suyo, sin ser de su propiedad y sin tener derecho a él, un depósito que garantice la libertad caucional, de una persona.

III.- Al que habiendo recibido mercancías con subsidio o en franquicia para darle un destino determinado, las distraiga de ese destino o desvirtúe en cualquier forma los fines perseguidos con el subsidio o la franquicia.

Artículo 298

Se equipara al abuso de confianza y se sancionará con las mismas penas la retención de la cosa mueble que sea formalmente requerida por la autoridad competente o por quien tenga derecho a ella, negándose el tenedor o poseedor a devolverla sin causa justificada.

Artículo 299

El abuso de confianza, sólo se perseguirá a petición del ofendido en cualquier caso.

Texto tomado de Poder Judicial del Estado de Chiapas. Documento oficial