Artículo 318 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Capítulo Cuarto
El auto que califique de legales las posiciones formuladas, así como el que las desecha, será apelable en el efecto devolutivo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial