Artículo 523 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
Capítulo XII
Para que se consideren plenamente probados los hechos sobre que versen las posiciones, que judicialmente hayan sido dadas por absueltas en sentido afirmativo, se requiere:
I. Que el reputado confeso sea capaz de obligarse;
II. Que los hechos sean suyos y concernientes al pleito; y,
III. Que la declaración sea legal.
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