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Artículo 318 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo II

Las excepciones dilatorias de incompetencia y falta de personalidad deberán proponerse precisamente dentro de los primeros tres días del emplazamiento, sin contar en ellos los días adicionales que, en su caso, se hubieren concedido al demandado por razón de la distancia. Las demás excepciones o defensas que se tengan, cualquiera que sea su naturaleza, se harán valer simultáneamente en la contestación y nunca después, a no ser que fueren supervenientes. En la misma forma se propondrá la reconvención cuando proceda.

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial